miércoles, mayo 10, 2006

Derechos y Derebes de los cooperantes

Hola, Hola:

Hace poco se ha modificado el Estatuto de Los Cooperantes, vamos a ver sus derechos y deberes:
Derechos:
a) Recibir no sólo formación adecuada, sino además información sobre aspectos determinantes de su trabajo y del lugar de destino.
b) Recibir una compensación para afrontar los gastos especificos de traslado al extranjero
c) Recibir una retribución complementaria que opera como un "salario digno" que garantice unas condiciones de vida lo más adecuadas posibles en el país de destino.
d) el tiempo de trabajo como cooperante podrá ser computado como merito a valorar en los concursos de acceso al empleo en el sector publico, de acuerdo con lo que se disponga en las convocatorias correspondientes
e) Seguro en el extranjero de los riesgos y contingencias que pueden sufrir con ocasión de su trabajo
f) suscribir un "acuerdo complementario de destino", que se incorporará, cuando corresponda, al contrato de trabajo
g) obtener un certificado, una vez finalizada su mision, en el que se validen el trabajo y las tareas realizadas.
Obligaciones:
- Deber formal de inscripción en el consulado de España que geograficamente corresponda, además del inexcusable deber de cumplir con la legalidad vigente del Estado destino y con las exigencias que impone el respeto de los derechos humanos y las restantes obligaciones de derecho internacional. Aparte claro esta de cumplir con el contrato de trabajo firmado.

Fuente: Coordinadora de ONG Para el Desarrollo de España(CONGD) c/ De la Reina 17 3º (Madrid)

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